Punto de Información Catastral

¿Qué es el Punto de Información Catastral?

El Convenio de colaboración en materia de gestión catastral firmado entre la Dirección General del Catastro del Ministerio de Economía y Hacienda y el Ilustre Colegio da Avogacía de Ourense, por el que este servicio está operativo a través de Colegio.

El objeto de este convenio es el estableciemento en la sede colegial de un punto de información catastral que permitirá la consulta y la certificación telemática de la información incorporada a la Base de Datos Nacional del Catastro, mediante el acceso a la oficina virtual del catastro. De esta manera, a todos nuestras/os colegiadas/os, en nombre propio o para sus clientes con su autorización, y a los ciudadanos en general se les facilitarás desde las oficinas de este colegio la consulta y la solicitud de certificaciones de datos catastrales, así como la presentación de declaraciones ante el catastro.

Este servicio será gratuíto para los colegiados cuando soliciten información o certificados en nombre propio; en caso de que el letrado lo solicite para su cliente, o si la persona solicitante no fuera colegiada, se le cobrarán las taxas correspondiente por la gestión colegial de dicho servicio.

¿Qué servicios ofrece?

Los servicios a los que se podrá acceder desde este punto de información catastral son los siguientes:

  • Servicio de consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital.
  • Servicio de consulta y certificación electrónica para los titulares catastrales de los datos protegidos, relativo a los bienes inmuebles de su titularidad.
  • Servicio de certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral, relativa al propio solicitante.
  • Cualquier otro servicio de consulta y certificación que se implante en el futuro, en los términos de la resolución que se dicte para el efecto.

¿Qué tarifas se aplican?

La Junta de Gobierno acuerda por unanimidad aprobar los costes de expedición de certificaciones catastrales del PIC, siendo los vigentes a fecha de hoy, los siguientes:

  • Certificación descriptiva y gráfica: 19,78 € (este importe incluye datos de los linderos).
  • Certificación literal: 5 €.

¿Qué requisitos y documentación se han de cumplir?

  • En nombre propio solamente tendrá que presentar el DNI.
  • Si no se actúa en nombre propio, se deberá contar con la oportuna autorización del cliente-titular catastral y la copia de su DNI.
  • Modelo de autorización (anexo III de la Resolución del 29 de marzo de 2005 de la Dirección General del Catastro -BOE núm. 109 del 07/05/2005-).

¿Qué normativa se aplica?

  • RDL 1/2004 Texto refundido de la ley de catastro inmobiliario: Título VI
  • RD 417/2006 Reglamento del Texto refundido de la ley de catastro inmobiliario: Título V
  • Circular 02.03/2017 sobre el acceso a la información catastral
  • Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
  • Ley 58/2003 General tributaria
  • Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de la AAPP
  • Ley 19/2013 Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Resolución de 15 de enero de 2019, por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los PIC
  • Ciruclar 03.01/2013P, de 11 de abril, sobre autorización, gestión y control de los PIC

Enlace

http://www.catastro.meh.es/

 

Autorización Catastro
Convenio Catastro

Sede ICA Ourense

Atención al público

Calle Concello, 22 Bajo
32002 Ourense

988 210 076

secretaria@icaourense.com

988 370 746

Horario

Oficina ICA Ourense

Juzgados

Calle Velazquez, s/n

618 806 558

Horario